
de alquiler
Una garantía para tu familia
En la situación actual en la que vivimos, con permanentes cambios en las estructuras familiares, alta movilidad geográfica, alto nivel de endeudamiento, incertidumbre sobre las futuras prestaciones públicas, etc., el seguro de vida se convierte en una garantía que nos preservar el patrimonio familiar o empresarial en caso de siniestro.
Existen muchos tipos de seguros de vida en función del número de asegurados, de la contingencia que se quiera cubrir o del establecimiento de la prima.
¿Tienes dudas? ¡Conversa con nosotros!
Principales modalidades en función del tipo de producto
Vida Riesgo Temporal Renovable
La prima va creciendo en función de la edad del asegurado.
Vida Riesgo Temporal a Prima Nivelada
La prima se establece desde un inicio y es la misma para toda la vida del contrato.
Vida riesgo de Amortización de Créditos
Tiene por objeto servir de garantía a la Entidad Crediticia cuando el Tomador solicite un préstamo (suelen ser a prima nivelada).
Vida riesgo de Vida Entera
Garantiza la suma asegurada inmediatamente después de la muerte del asegurado, en cualquier momento que ocurra durante toda su vida.

Seguros de Vida Riesgo
El Beneficiario percibirá una prestación económica en caso de fallecimiento del Asegurado.
Garantías
En los seguros de Vida Riesgo, la garantía principal es el fallecimiento por cualquier causa del asegurado, pero existen garantías complementarias que podemos contratar. Las principales son:
- Fallecimiento por accidente (capital adicional)
Consiste en la prestación de un capital adicional al principal, que suele ser del mismo importe, en caso de fallecimiento a causa de las lesionas producidas por un hecho súbito, violento y ajeno a la intencionalidad del Asegurado y ocurrido como máximo en el plazo de 1 año a partir de la fecha del accidente.
- Fallecimiento por accidente de circulación (capital adicional)
Prestación adicional a la de la garantía principal y a la de fallecimiento por accidente, normalmente del mismo importe que las anteriores, en caso de que el accidente del asegurado sea causado por un vehículo terrestre (como peatón, conductor o pasajero) o como usuario de transportes públicos terrestres, aéreos o acuáticos.
- Invalidez Permanente Absoluta por cualquier causa (IPA)
Prestación en caso de situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa que le incapacite para mantener cualquier relación laboral o profesional.
- Invalidez Permanente Absoluta por Accidente (capital adicional)
Prestación adicional a la de la garantía de Invalidez Permanente Absoluta en caso de que el siniestro sea provocado por un accidente.
- Invalidez Permanente Absoluta por Accidente de Circulación (capital adicional)
Prestación adicional a la de la garantía de invalidez permanente absoluta y al de IPA por accidente, normalmente del mismo importe que las anteriores, en caso de que el accidente del asegurado sea causado por un vehículo terrestre (como peatón, conductor o pasajero) o como usuario de transportes públicos terrestres, aéreos o acuáticos.
- Incapacidad Permanente Total (IPT)
Prestación en caso de situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa que le incapacite para el ejercicio de su profesión habitual, expresamente declarada en el cuestionario o solicitud.
- Enfermedades Graves
Prestación económica equivalente al capital asegurado o a un porcentaje del mismo en el supuesto que al Asegurado se le diagnostique (y sobreviva al menos 30 días a dicho diagnóstico) una de las enfermedades específicas indicadas en póliza que habitualmente son el infarto de miocardio, el cáncer, el accidente cerebro vascular, la insuficiencia renal, las parálisis, el Alzheimer, el Parkinson o alguna afección coronaria que exija cirugía.
- Anticipo para Gastos de Sepelio
Consiste en el pago a cuenta de un porcentaje de un capital para paliar de forma inmediata los gastos derivados del sepelio del Asegurado.
- Segunda Opinión Médica
Este servicio ofrece al Asegurado la posibilidad de consultar y acceder a opinión de especialistas médicos de prestigio mundial, en caso de enfermedad grave ya diagnosticada.
- Gestión Médica
Servicio de coordinación, administración, traslado y apoyo al paciente en caso de enfermedad grave, cuando el asegurado viaja fuera del país de residencia para obtener tratamiento médico.
- Orientación Médica Telefónica
Servicio de orientación médica mediante el cual el asegurado es atendido telefónicamente las 24 horas del día por un equipo de médicos especializados en medicina de familia que le asesorarán sobre cualquier tema médico.
Seguros de Vida Ahorro
El objetivo principal es el de establecer un sistema de ahorro privado y paralelo a las contingencias de jubilación de la Seguridad Social que permita complementar estas últimas llegado el momento dela jubilación o del cese laboral.
El interés técnico garantizado es la garantía principal y esencial de los seguros de ahorro.
Las principales modalidades existentes en el mercado son
Seguro diferido de ahorro
Modalidad por la que el asegurador se compromete a entregar el capital asegurado a la expiración del plazo convenido como duración del contrato si el asegurado vive en esa fecha. Se podría identificar como el Plan de Jubilación o de Ahorro que se ha comercializado durante muchos años. Estos seguros incorporan características propias de las modalidades de ahorro como son el rescate, la reducción y el anticipo. Existen 2 tipos de seguro de capital diferido:
- Diferido con reembolso de prima: En caso de fallecimiento del Asegurado, la Entidad Aseguradora se obliga a la devolución de las primas pagadas más los rendimientos generados por las mismas a los beneficiarios.
- Diferido sin reembolso de prima: En caso de fallecimiento, las primas pagadas quedan en poder de la Entidad Aseguradora. Esta modalidad suele incorporarse a los seguros “mixtos” en los que se garantiza a la vez un capital para fallecimiento y un capital para ahorro.
Seguros Mixtos
Modalidad de seguro de vida integrado por un seguro de ahorro y un seguro de vida en virtud del cual, si el Asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se le entregará a él el capital establecido por el contrato.
P.I.A.S. (Plan Individual de Ahorro Sistemático)
Los PIAS son un producto de ahorro diseñado para preparar o complementar la jubilación con las mejores ventajas fiscales en caso de que se cobre en forma de renta vitalicia. El objetivo es el ahorro a largo plazo incentivado por la exclusión de tributación de los rendimientos del capital mobiliario generado. Para poder disfrutar de esta exención, la primera prima satisfecha deberá tener una antigüedad superior a 5 años en el momento de la constitución de dicha renta.
El límite máximo anual satisfecho en concepto de primas a este producto será de 8.000 € y el importe total de las primas acumuladas durante toda la duración del contrato no podrá superar la cantidad de 240.000 € por Tomador.
S.I.A.L.P. (Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo)
La reforma que entró en vigor el 1 de Enero de 2015, creó un nuevo instrumento financiero dirigido a pequeños inversores denominado PALP, Plan de Ahorro a Largo Plazo, cuya ventaja principal radica en la exención de las rentas generadas por el seguro de vida (SIALP – constituido con una Entidad Aseguradora) o la cuenta depósito (CIALP – constituido con una Entidad de Crédito o Banco) a través de la cual se canalice dicho ahorro. Las aportaciones anuales se limitan a 5.000 € y solo se pueden hacer efectivos en forma de capital, no de renta. Los rendimientos generados por estos Planes están exentos de tributar en él siempre que las aportaciones no superen los 5.000 €, ni la inversión se rescate antes de 5 años.
P.P.A. (Plan de Previsión Asegurado)
Producto configurado como contrato de seguro individual de previsión voluntaria, complementaria al sistema de prestación de pensiones de la Seguridad Social. Disponen de una similitud y claro vínculo con los Planes de Pensiones, ambos son productos de ahorro a largo plazo, disponen de idénticas ventajas fiscales, sus prestaciones tributan de igual forma, carecen de liquidez pasados 10 años desde su contratación y se pueden movilizar entre sí. La principal diferencia radica en que el PPA es un contrato de seguro de vida regulado por la legislación de seguros y el Plan de Pensiones se regula a través de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones.
Las aportaciones al PPA son fiscalmente deducibles de la base imponible en el IRPF, con los límites legales de 8.000 € y 30% de la Base imponible.
Seguros de Rentas
Los seguros de rentas tienen como principal objetivo permitir que el Asegurado cuente con ingresos fijos y garantizados cuando los necesita. Se transforma un determinado capital en una renta para toda la vida o para un periodo determinado. Los seguros de rentas cuentan con una excelente tributación y con rentabilidad a lo largo de su duración. Las rentas pueden ser:
Temporales o Vitalicias
En función de si se abonan por un periodo determinado o durante toda la vida del Asegurado.
Diferidas o Inmediatas
En función de si entre el pago de la prima y el cobro de la renta media un periodo de tiempo o si la renta empieza a pagarse nada más efectuado el pago de la prima.
Constantes o de importe variable
En función de si el importe de la renta se mantiene invariable o va creciendo.
Puras, reversibles o con reembolso
En función de si el Asegurado recibe una renta anual hasta su fallecimiento, si la recibe y en caso de fallecimiento la sigue recibiendo un segundo beneficiario designado en póliza o si la recibe y en caso de fallecimiento, sus Beneficiarios tienen derecho al pago de un capital.
Seguros de Vida de Inversión
En un marco en el que los depósitos a plazo fijo cada vez ofrecen menos rentabilidad y en el que crece la necesidad de planificar el capital con el objetivo de la rentabilidad, las Entidades Aseguradoras han ganado protagonismo en el mercado de estos productos.
Las principales modalidades que ofrece el mercado asegurador son:
Seguros de depósito a prima única
Producto similar a un depósito bancario pero con una diferencia muy significativa, la capitalización compuesta, es decir, los intereses se revierten en el saldo del ahorro durante toda la duración del contrato. Se plantean habitualmente como operaciones de Prima Única con la posibilidad de realizar aportaciones extraordinarias con un interés técnico que se renueva anualmente previa comunicación del mismo.
Se trata de un producto de máxima seguridad para el Tomador con una gestión de gastos muy contenida, con tipos de interés por encima de los depósitos bancarios y con una flexibilidad en sus aportaciones y disposiciones parciales que lo hacen extraordinariamente atractivo como opción de inversión.
Seguros Unit Linked
Modalidad de seguro nacido para competir con los fondos de inversión comercializados por la Banca. El saldo de este seguro de vida se invierte en fondos de inversión y la principal ventaja cuando se creó era que el Tomador podía realizar modificaciones de su inversión (cambio de fondos) sin tributar, ya que compraba un seguro de vida que finalmente la Entidad Aseguradora invertía en fondos de inversión (por tanto, la titularidad de los fondos era de la entidad). Actualmente, el cambio de un fondo a otro está exento de tributación por lo que la ventaja inicial de los Unit Linked ya no existe. Prevalece pues, la solvencia de la Entidad Aseguradora y la elección del fondo o fondos de inversión elegidos en sus cestas.
Los Unit Linked son seguros con los que se pueden generar altas rentabilidades y están orientados a clientes con cierta cultura financiera, que estén vigilantes de la evolución de la inversión.
Seguros de vida financieros estructurados
Son seguros financieros cuya particularidad es que la inversión está vinculada a la evolución del valor de determinadas acciones bursátiles durante un periodo de tiempo. Podríamos decir que se trata de una derivación de los Unit Linked. Aunque se trata de un producto que no garantiza el tipo de interés, las Entidades Aseguradoras protegen entre un 80 y un 100% del capital.
Seguros de vida financieros indexados
La diferencia más sustancial con el seguro estructurado es que el objetivo de la inversión es la superación en una fecha determinada de un porcentaje de revalorización X de un índice bursátil (Ibex 35, Euro Stoxx 50, Dow Jones,..) con referencia a la fecha de inicio de la nota financiera. Llegado el periodo de observación final del contrato, en caso de que la revalorización del índice haya sido el porcentaje estipulado por la Entidad Aseguradora, se aplicará un bono de rentabilidad establecida inicialmente. Si no, el capital invertido queda garantizado como mínimo en un 80%.